Artículo 143 · Remisión
Código Aeronáutico · Aprobado por Decreto-Ley N.º 14.305 de 1974
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
(Remisión).- El contrato de transporte de equipaje es accesorio al de pasajeros, rigiéndose por las normas que regulan a éste, sin perjuicio de las que se establecen en la presente Sección.