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Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 228 · Determinación de la cuantía

Código Aduanero · Aprobado por Ley N.º 19.276 de 2014

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

TÍTULO XIII RÉGIMEN INFRACCIONAL › CAPÍTULO IV PROCESO INFRACCIONAL ADUANERO › SECCIÓN I JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA

Epígrafe según el texto original de la fuente.

(Determinación de la cuantía).- La cuantía del asunto se determinará de acuerdo con lo siguiente:

A) Si se trata de la imputación de contrabando, la cuantía del asunto

se reputará fijada en el valor en aduana de las mercaderías. En

todos los casos, si se hubiere empleado cualquier medio o elemento

para la conducción o transporte de las mercaderías o efectos (comiso

secundario), su valor comercial integrará la cuantía.

B) Si se trata de la imputación de otras infracciones aduaneras, la

cuantía del asunto se reputará fijada en el monto máximo de la

eventual multa más los tributos aplicables.

Notas

  • Ver vigencia: Ley Nº 19.394 de 20/05/2016 artículo 1, Ley Nº 19.322 de 29/05/2015 artículo 1.

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