Artículo 216 · Actualización de multas
Código Aduanero · Aprobado por Ley N.º 19.276 de 2014
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Actualización de multas).- Las multas aplicables por infracciones aduaneras se actualizarán al momento del pago en función de la variación producida en el valor de la unidad indexada, desde la fecha de la resolución que la impone hasta el momento) de su efectivo pago, sin perjuicio de la actualización de los tributos.