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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 215 · Determinación de las sanciones

Código Aduanero · Aprobado por Ley N.º 19.276 de 2014

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

TÍTULO XIII RÉGIMEN INFRACCIONAL › CAPÍTULO I INFRACCIONES ADUANERAS

(Determinación de las sanciones).- 1. A los efectos de la determinación del monto de las sanciones por infracciones aduaneras, se considerarán tributos todos los gravámenes, aduaneros o no, que afecten a las mercaderías en ocasión de su importación o exportación definitivas. 2. Las multas se pagarán en la misma forma, condición y plazos que los tributos relativos a la operación que las motive.

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