Artículo 193 · Régimen normativo aplicable
Código Aduanero · Aprobado por Ley N.º 19.276 de 2014
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
(Régimen normativo aplicable).- La fecha de registro de la declaración de mercadería o la de la detención o la denuncia en los casos de contrabando, determinará el régimen normativo aplicable, salvo disposición expresa en contrario.