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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 122

TOCAF. Texto Ordenado de la Contabilidad y Administración Financiera del Estado · Aprobado por Decreto N.º 150/012

Texto vigente al 13 de septiembre de 2026

CAPÍTULO II DEL CONTROL

Epígrafe según el texto original de la fuente.

El control externo de eficiencia estará a cargo del Tribunal de Cuentas, a cuyo efecto y sin perjuicio de las medidas que el mismo adopte, las contadurías y unidades ejecutoras deberán remitirle copia de la información a que refiere el artículo anterior.

Fuente: ley 15.903 de 10/nov/987, artículo 562.

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