Artículo 1
Ley Orgánica Municipal · Ley N.º 9.515 de 1935
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Cada Departamento será gobernado y administrado por un Intendente que ejercerá las funciones ejecutivas, y por una Junta Departamental que tendrá funciones de contralor y legislativas.
Su jurisdicción se extenderá a todo el territorio del Departamento y tendrán su sede en la Capital del mismo.