Artículo 545
Ley de Presupuesto Nacional 2025-2029 · Ley N.º 20.446 de 2025
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
Asígnanse en el Inciso 32 "Instituto Uruguayo de Meteorología", programa 420 "Información oficial y documentos de interés público", unidad ejecutora 001 "Instituto Uruguayo de Meteorología", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", objeto del gasto 599.000 "Otras transferencias no incluidas en las anteriores", una partida de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos uruguayos), para el Ejercicio 2026 y una partida anual de $ 10.000.000 (diez millones de pesos uruguayos), a partir del Ejercicio 2027, con destino a la implementación del primer sistema de radares meteorológicos y el hub nacional de datos meteorológicos y climáticos.