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Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 543

Ley de Presupuesto Nacional 2025-2029 · Ley N.º 20.446 de 2025

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

Reasígnase desde el Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", programa 300 "Defensa Nacional", unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría de Estado", Proyecto 000 "Funcionamiento", Financiación 1.1 "Rentas Generales", objeto del gasto 092.000 "Partidas globales a distribuir", una partida anual de $20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) hacia el Inciso 31 "Universidad Tecnológica", programa 353 "Desarrollo académico", unidad ejecutora 001 "Consejo Directivo Central", Proyecto 000 "Funcionamiento", Financiación 1.1 "Rentas Generales", con destino a retribuciones personales, para el financiamiento de horas docentes para completar carreras en curso y asegurar la continuidad educativa de la oferta existente así como también los programas de becas estudiantiles e inserción laboral.

La Universidad Tecnológica comunicará a la Contaduría General de la Nación, dentro de los treinta días de la entrada en vigencia de la presente ley, la apertura de los créditos que se asignan.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).

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