Artículo 502
Ley de Presupuesto Nacional 2025-2029 · Ley N.º 20.446 de 2025
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
Asígnase en el Inciso 26 "Universidad de la República", programa 349 "Universidad inclusiva y efectivización de los derechos", unidad ejecutora 050 "Unidad Central", Proyecto 000 "Funcionamiento", Financiación 1.1 "Rentas Generales", una partida anual de $ 150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos uruguayos), con destino al financiamiento de becas de grado para contribuir a la atención de la población estudiantil más vulnerable.
La Universidad de la República comunicará a la Contaduría General de la Nación, dentro de los treinta días de aprobada esta ley, la apertura de los créditos que se asignan.