Artículo 304
Ley de Presupuesto Nacional 2025-2029 · Ley N.º 20.446 de 2025
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
Asígnase en el Inciso 09 "Ministerio de Turismo", programa 400 "Políticas transversales de desarrollo social", unidad ejecutora 003 "Dirección Nacional de Turismo", Proyecto 000 "Funcionamiento", Financiación 1.1 "Rentas Generales" en el objeto del gasto 299.000 "Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores", una partida de $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) para el Ejercicio 2026 y una partida anual de $ 30.000.000 (treinta millones de pesos uruguayos), a partir del Ejercicio 2027, con destino al financiamiento del Sistema Nacional de Turismo Social.