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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 150

Ley de Presupuesto Nacional 2025-2029 · Ley N.º 20.446 de 2025

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

Autorízase al Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa 461 "Gestión de la privación de libertad", unidad ejecutora 026 "Instituto Nacional de Rehabilitación", a abonar compensaciones especiales transitorias al personal que desempeñe efectivamente funciones de mayor responsabilidad, dedicación y especialización en la referida unidad ejecutora, para las actividades y por los montos mensuales en pesos uruguayos, de acuerdo al siguiente detalle:

- Funciones de coordinación en áreas centrales:

FunciónImporte
Coordinador Nacional de Tratamiento10.000
Coordinador Nacional de Trato10.000
Coordinador Nacional de Evaluación10.000

- Equipos de dirección de unidades penitenciarias de acuerdo a la cantidad de Personas Privadas de Libertad (PPL):

Hasta 100 PPLEntre 101 y 200 PPLEntre 201 y 400 PPLEntre 401 y 800 PPLEntre 801 y 1200 PPLEntre 1201 y 2000 PPL
FunciónImporteImporteImporteImporteImporteImporte
Director10.00012.50015.00017.50020.00022.500
Subdirector Operativo7.5009.40011.25013.12515.00016.875
Subdirector Técnico7.5009.40011.25013.12515.00016.875
Subdirector Administrativo7.5009.40011.25013.12515.00016.875

- Equipo de Dirección del Complejo de Unidad N° 4:

FunciónImporte
Coordinador General25.000
Coordinador Operativo18.750
Coordinador Técnico14.062

- Coordinadores regionales:

FunciónImporte
Región Norte - Coordinador10.000
Región Noreste - Coordinador10.000
Región Litoral - Coordinador10.000
Región Centrosur - Coordinador10.000
Región Este - Coordinador10.000
Unidades agro productivas - Coordinador10.000

- Subdirecciones Dirección Nacional de Medidas Alternativas:

FunciónImporte
Subdirector Operativo10.000
Subdirector Técnico10.000
Subdirector Administrativo10.000

A efectos de su financiamiento, reasígnanse los créditos presupuestales del Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa 461 "Gestión de la privación de libertad", Financiación 1.1 "Rentas Generales", por la suma de $ 35.000.000 (treinta y cinco millones de pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, de las unidades ejecutoras, objetos del gasto y montos, que se detallan a continuación, más aguinaldo y cargas legales:

UEODGImporte
006042.410116.234
006042.41113.388.293
006042.547118.654
006042.561184.471
006042.710195.859
006068.000837.141
007042.4111.613.293
009057.012580.441
009042.710135.800
012042.41042.902
012042.4116.843.074
015042.41016.907
015042.4113.069.954

El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio del Interior, reglamentará esta disposición, determinando las condiciones a cumplir para la percepción de las mencionadas compensaciones. (*)

Notas

  • Reglamentado por: Decreto Nº 155/026 de 08/07/2026. Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).

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