Artículo 132
Ley de Presupuesto Nacional 2025-2029 · Ley N.º 20.446 de 2025
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Créanse en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa 460 "Prevención y represión del delito", unidad ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior", Financiación 1.1 "Rentas Generales", los siguientes cargos con destino a la Dirección Nacional de Bienestar Laboral y Psicosocial del Ministerio del Interior (DNBLPMI):
| Cantidad | Escalafón | Denominación | Grado |
|---|---|---|---|
| 1 | A | Lic. en Trabajo Social | 8 |
| 2 | A | Lic. en Psicología | 8 |
| 1 | A | Analista de Datos | 8 |
| 1 | B | Téc. en Psicología Social | 10 |
| 1 | B | Educadores Sociales | 10 |
Las erogaciones resultantes de las creaciones dispuestas en el inciso precedente se financiarán con los créditos correspondientes a las supresiones previstas en el artículo 120 de esta ley.
El Ministerio del Interior establecerá la distribución territorial de los cargos creados, en coordinación con la Dirección Nacional de Bienestar Laboral y Psicosocial.