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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 130

Ley de Presupuesto Nacional 2025-2029 · Ley N.º 20.446 de 2025

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

Créanse en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa 460 "Prevención y represión del delito", unidad ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior", Financiación 1.1 "Rentas Generales", los siguientes cargos en el Escalafón L "Personal Policial", que se detallan a continuación:

CantidadDenominaciónSubescalafónGrado
1Oficial PrincipalPT - Contador6
1Oficial AyudantePT - Abogado5
1Oficial AyudantePT - Escribano 55

(*)

Las erogaciones resultantes de las creaciones dispuestas en el inciso precedente se financiarán con los créditos correspondientes a las supresiones previstas en el artículo 120 de esta ley.

Notas

  • Inciso 1º) correcciones numéricas y/o formales efectuadas por: Decreto Nº 194/026 de 10/08/2026 artículo 1. Ver en esta norma, artículo: 3 (vigencia).
  • TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 130.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Redacción vigente

Créanse en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa 460 "Prevención y represión del delito", unidad ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior", Financiación 1.1 "Rentas Generales", los siguientes cargos en el Escalafón L "Personal Policial", que se detallan a continuación:

Cantidad Denominación Subescalafón Grado 1 Oficial Principal PT - Contador 6 1 Oficial Ayudante PT - Abogado 5 1 Oficial Ayudante PT - Escribano 5 5

(*)

Las erogaciones resultantes de las creaciones dispuestas en el inciso precedente se financiarán con los créditos correspondientes a las supresiones previstas en el artículo 120 de esta ley.

Anterior Texto original Ley N.º 20.446 · 08/01/2026

Créanse en el Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa 460 "Prevención y represión del delito", unidad ejecutora 001 "Secretaría del Ministerio del Interior", Financiación 1.1 "Rentas Generales", los siguientes cargos en el Escalafón L "Personal Policial", que se detallan a continuación:

Cantidad Denominación Subescalafón Grado 1 Oficial Principal PT - Contador 6 1 Oficial Ayudante PT - Abogado 5 1 Oficial Ayudante PT - Escribano 6

Las erogaciones resultantes de las creaciones dispuestas en el inciso precedente se financiarán con los créditos correspondientes a las supresiones previstas en el artículo 120 de esta ley.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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