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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 59 · Soluciones especiales

Ley General de Derecho Internacional Privado · Ley N.º 19.920 de 2020

Texto vigente al 13 de septiembre de 2026

(Soluciones especiales).- Los Tribunales de la República tienen, además, competencia en la esfera internacional:

A) Respecto de medidas cautelares o de urgencia en materia de protección

de incapaces, cuando el incapaz se encuentre en territorio de la

República.

B) En materia de restitución y tráfico internacional de menores, para

reclamar el reintegro internacional de menores con residencia habitual

en la República.

C) En materia de relaciones personales entre los cónyuges, separación de

cuerpos y divorcio, si el actor tiene domicilio en la República.

D) En materia de relaciones de consumo, si el consumidor es el demandante

en tanto en la República se hubiere celebrado el contrato; o se

hubiere efectuado en la República la prestación del servicio o la

entrega de los bienes objeto de la relación de consumo.

E) En materia de contratos de trabajo, cuando el reclamante es el

trabajador y se domicilia en la República.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 63 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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