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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 391

Ley de Urgente Consideración · Ley N.º 19.889 de 2020

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

La vigencia de los artículos 375 a 388 de la presente ley será establecida por la Ley de Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones correspondiente al ejercicio 2020 - 2024. (*)

Notas

  • Redacción dada por: Ley Nº 19.891 de 23/07/2020 artículo 1.
  • Ver vigencia: Ley Nº 19.924 de 18/12/2020 artículo 262.
  • TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 391.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Ley N.º 19.891 · 23/07/2020

La vigencia de los artículos 375 a 388 de la presente ley será establecida por la Ley de Presupuesto Nacional de Sueldos, Gastos e Inversiones correspondiente al ejercicio 2020 - 2024. (*)

Anterior Texto original Ley N.º 19.889 · 14/07/2020

(Vigencia).- La vigencia de los artículos 375 a 388 de la presente ley, será establecida por la ley de Rendición de Cuentas y Balance de Ejecución Presupuestal correspondiente al ejercicio 2019.

SECCIÓN VII

RELACIONES LABORALES Y SEGURIDAD SOCIAL

CAPÍTULO I

LIBERTAD DE TRABAJO Y DERECHO DE LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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