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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 311 · Exhortación a los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados

Ley de Urgente Consideración · Ley N.º 19.889 de 2020

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

(Exhortación a los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados).- El Poder Ejecutivo, con el asesoramiento de la Agencia de Monitoreo y Evaluación de Políticas Públicas, podrá comunicar a los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados del dominio industrial y comercial del Estado su criterio sobre la fijación de pautas técnicas para la mejora de gestión en la prestación de actividades relacionadas con las políticas sectoriales fijadas por aquel. Dichos organismos, dentro de los quince días hábiles siguientes a la recepción de la comunicación del Poder Ejecutivo, le informarán la resolución que adopte su Directorio respecto al criterio sugerido.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 337.

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