Artículo 109
Ley de Urgente Consideración · Ley N.º 19.889 de 2020
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
(Derogación de referencias a la intervención en materia fiscal de la Fiscalía General de la Nación).- Deróganse todas aquellas referencias a la intervención en materia fiscal de la Fiscalía General de la Nación contenidas en disposiciones del Código Civil, del Código General del Proceso, de la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la Nación (Ley N° 19.483, de 5 de enero de 2017) y de la Ley Orgánica de la Judicatura y Organización de los Tribunales (Ley N° 15.750, de 24 de junio de 1985) y leyes especiales en cuanto se opongan a lo dispuesto en la presente ley.