Artículo 13 · Legitimación activa
Inmuebles urbanos vacíos y degradados · Ley N.º 19.676 de 2018
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
(Legitimación activa).- El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y la Agencia Nacional de Vivienda, podrán solicitar indistintamente la declaración judicial de inmueble urbano vacío y degradado.