Artículo 9 · Omisión de informar
Transparencia fiscal internacional · Ley N.º 19.484 de 2017
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
(Omisión de informar).- La omisión de remitir la información por las entidades financieras obligadas, hará pasible a la entidad financiera de una multa de quinientas hasta mil veces el valor máximo de la multa por contravención establecida en el artículo 95 del Código Tributario.