Artículo 3 · Entidades financieras excluidas y plazos de cumplimiento
Transparencia fiscal internacional · Ley N.º 19.484 de 2017
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
(Entidades financieras excluidas y plazos de cumplimiento).- El Poder Ejecutivo podrá excluir de la obligación de informar a determinadas entidades financieras en atención a su objeto y bajo riesgo fiscal, así como a establecer diferentes plazos de cumplimiento en atención a su naturaleza.