Artículo 9 · Vacancia temporal
Junta de Transparencia y Ética Pública (JUTEP) · Ley N.º 19.340 de 2015
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
(Vacancia temporal).- En caso de ausencia o incapacidad del Presidente o si quedara vacante el cargo, sus funciones serán ejercidas transitoriamente por el Vicepresidente.