Artículo 9
Ley de Descentralización y Participación Ciudadana (Ley N.º 19.272) · Ley N.º 19.272 de 2014
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Epígrafe según el texto original de la fuente.
Los Municipios serán órganos integrados por cinco miembros y sus cargos serán de carácter electivo.
Serán distribuidos por el sistema de representación proporcional integral y su régimen de suplencias será el mismo que el de las Juntas Departamentales.