Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 94 · Mecanismos de selección

Estatuto del Funcionario Público de la Administración Central · Ley N.º 19.121 de 2013

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

TÍTULO III DE LOS FUNCIONARIOS CONTRATADOS

(Mecanismos de selección).- La selección de postulantes se realizará en todos los casos por concurso de oposición y méritos o méritos y antecedentes. Las bases podrán prever en el caso que el número de aspirantes así lo ameriten, una instancia de sorteo en forma previa al inicio del procedimiento de selección a aplicar.

Solo en aquellos casos en que los requisitos necesarios para los puestos lo ameriten, se habilitará como único mecanismo la realización de un sorteo público. El jerarca deberá fundamentar la elección de esta opción y deberá contar con la aprobación de la Oficina Nacional del Servicio Civil.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 102. Ver: Ley Nº 19.438 de 14/10/2016 artículo 41 (exceptúa al escalafón S "Penitenciario").

Ver en IMPO ↗

← Artículo 93 Ver en la norma completa Artículo 95 →