Artículo 15 · Exclusión de entidades que emiten títulos de oferta pública
Participaciones patrimoniales al portador · Ley N.º 18.930 de 2012
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
(Exclusión de entidades que emiten títulos de oferta pública).- No estarán obligadas a presentar la información a que refiere la presente ley las entidades cuyas acciones, cuotas sociales y demás títulos de participación patrimonial coticen a través de las bolsas de valores nacionales, de bolsas internacionales de reconocido prestigio o de otros procedimientos de oferta pública, siempre que dichos títulos estén a disposición inmediata para su venta o adquisición en los referidos mercados, de acuerdo a los criterios y dentro de los límites que establezca la reglamentación.
Cuando dichas entidades hayan emitido títulos que no cumplan con las condiciones establecidas en el inciso anterior, deberán aplicarse las obligaciones a que refiere la presente ley con relación a los mismos.