Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 13 · Comunicación del incumplimiento

Participaciones patrimoniales al portador · Ley N.º 18.930 de 2012

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(Comunicación del incumplimiento).- La Auditoría Interna de la Nación informará a la Dirección General Impositiva los incumplimientos correspondientes a las declaraciones juradas a que refiere la presente ley.

Asimismo, se faculta al Poder Ejecutivo a publicar la nómina de los sujetos y entidades que hubiesen incurrido en incumplimiento. A tales efectos, el citado organismo deberá aplicar criterios selectivos basados en aspectos objetivos tales como la inexistencia total o parcial de información identificatoria, la dimensión económica de las entidades o la reiteración de las conductas de incumplimiento.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 25 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

← Artículo 12 Ver en la norma completa Artículo 14 →