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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 54 · Atribuciones del Presidente

Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) · Ley N.º 18.446 de 2008

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(Atribuciones del Presidente).- Son atribuciones del Presidente de la INDDHH:

A) Representar a la INDDHH.

B) Convocar a las sesiones ordinarias del Consejo Directivo y

extraordinarias de la INDDHH, de conformidad con la presente ley y

el Reglamento de la INDDHH.

C) Dirigir las sesiones de la INDDHH, someter a su consideración las

materias que figuren en el orden del día, conceder el uso de la

palabra y decidir las cuestiones de orden que se susciten durante

las sesiones de la INDDHH.

D) Hacer cumplir las decisiones de la INDDHH.

E) Ejercer cualquiera otras funciones que le sean conferidas por esta

ley o por el Reglamento de la INDDHH.

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