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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 88 · Separación de bienes y derechos

Ley de Proceso Concursal · Ley N.º 18.387 de 2008

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

CAPÍTULO IV - REDUCCION DE LA MASA ACTIVA

(Separación de bienes y derechos).- Los bienes y derechos que, en el momento de declaración del concurso, se encuentren en posesión del deudor pero sean propiedad ajena, se entregarán a sus titulares, previa resolución del Juez del concurso, con informe favorable del síndico o del interventor.

Si el informe fuera desfavorable la solicitud deberá reiterarse dentro del plazo y por el procedimiento establecido para la impugnación del inventario.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 255 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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