Saltar al contenido
Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 11 · Período de reserva

Ley sobre el derecho de acceso a la información pública · Ley N.º 18.381 de 2008

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(Período de reserva).- La información clasificada previamente como reservada, permanecerá con tal carácter hasta un período de quince años desde su clasificación. La información reservada será desclasificada cuando se extingan las causas que dieron lugar a su clasificación. Sólo se ampliará el período de reserva sobre cierta documentación cuando permanezcan y se justifiquen las causas que le dieron origen.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 12.

Ver en IMPO ↗

← Artículo 10 Ver en la norma completa Artículo 12 →