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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 72 · Promoción de la participación social

Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible · Ley N.º 18.308 de 2008

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

TÍTULO VI - PARTICIPACION SOCIAL EN EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL

(Promoción de la participación social).- Las instituciones públicas promoverán la participación social utilizando como mínimo, los instrumentos específicos que se establecen por la presente ley.

Toda persona interesada podrá realizar propuestas, con la debida fundamentación, a los efectos de su consideración por las instituciones públicas competentes en los instrumentos de ordenamiento territorial.

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