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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 7 · Instrumentos de gestión ambiental

Ley de Protección del Medio Ambiente · Ley N.º 17.283 de 2000

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(Instrumentos de gestión ambiental).- Constituyen instrumentos de gestión ambiental los siguientes:

A) La presente ley, demás normas legales y reglamentarias, las normas

departamentales y otras disposiciones de protección del ambiente, así

como los instructivos, directrices o guías metodológicas que se

dictaren.

B) Los programas, planes y proyectos de protección ambiental.

C) La información ambiental y la sensibilización, educación y

capacitación ambiental.

D) El establecimiento de parámetros y estándares de calidad ambiental.

E) Las declaraciones juradas, la evaluación del impacto ambiental previa

convocatoria de audiencia pública con arreglo y en los casos

establecidos por los artículos 13 y 14 de la Ley Nº 16.466, de 19 de

enero de 1994, y los procesos de autorización correspondientes.

F) Los análisis y las evaluaciones de riesgo, las auditorías y

certificaciones ambientales y el ordenamiento ambiental.

G) El sistema de áreas naturales protegidas.

H) Los planes de recuperación y recomposición de oficio que se aprueben.

I) Los incentivos económicos y los tributos.

J) Las sanciones administrativas y otras medidas complementarias.

K) La organización institucional ambiental.

L) El conjunto de Ministerios, Gobiernos Departamentales, Entes Autónomos

y otros organismos del Estado, actuando coordinadamente.

El Poder Ejecutivo reglamentará la forma y condiciones en que se aplicarán por el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente los instrumentos de gestión no contenidos en la presente ley ni en leyes específicas de protección del ambiente.

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