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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 48

Ley de Relaciones de Consumo. Defensa del Consumidor · Ley N.º 17.250 de 2000

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

Cuando se constaten infracciones graves a las disposiciones establecidas en la presente ley, la Dirección del Area de Defensa del Consumidor, podrá colocar en el frente e interior del establecimiento, carteles que indiquen claramente el carácter de infractor a la ley de Defensa del Consumidor por un plazo de hasta veinte días a partir de la fecha de constatación de la infracción. (*)

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