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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 14

Ley de Evaluación del Impacto Ambiental · Ley N.º 16.466 de 1994

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

El Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente podrá disponer la realización de una audiencia pública, cuando considere que el proyecto implica repercusiones graves de orden cultural, social o ambiental, a cuyos efectos determinará la forma de su convocatoria, así como demás aspectos inherentes a su realización, y en la que podrá intervenir cualquier interesado. En todos los casos, la resolución final corresponderá al Poder Ejecutivo.

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