Artículo 107
Ley de Sociedades Comerciales · Ley N.º 16.060 de 1989
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
(Publicación). Deberá publicarse por tres días, un extracto con las estipulaciones más importantes de la resolución de transformación, en el que se prevendrá que ésta y el balance especial estarán a disposición de los socios o accionistas en la sede o sedes sociales, durante el plazo de treinta días a contar del siguiente a la última publicación.
Las publicaciones se efectuarán en el Diario Oficial y en otro diario.