Artículo 164
Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales · Ley N.º 15.750 de 1985
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Transfórmanse los Juzgados de Paz de las Secciones Judiciales 7a. de Artigas, 4a. y 7a. de Canelones, 3a. y 6a. de Colonia, 4a. de Río Negro, 3a. de Soriano y 10a. de Tacuarembó, en Juzgados de Paz Departamentales del Interior.