Artículo 115
Ley Orgánica de la Judicatura y de Organización de los Tribunales · Ley N.º 15.750 de 1985
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Contra la resolución de la Suprema Corte de Justicia en la vía administrativa, sólo habrá lugar a recurso de revocación para ante la misma, sin perjuicio de las acciones contencioso-administrativas correspondientes.