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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 41

Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo · Decreto-Ley N.º 15.524 de 1984

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(*)

Notas

  • TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 15.524 de 09/01/1984 artículo 41.

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Versiones de este artículo

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(*)

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El Ministro o el Secretario que reciba la prueba testimonial podrá formular a los testigos las preguntas que considere pertinentes.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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