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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 1

Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo · Decreto-Ley N.º 15.524 de 1984

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

PARTE PRIMERA - ORDENAMIENTO ORGANICO › TÍTULO I - DE LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA › CAPÍTULO I - ORGANIZACIÓN DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

(*)

Notas

  • Fe de erratas publicada/s: 26/03/1984.
  • TEXTO ORIGINAL: Decreto Ley Nº 15.524 de 09/01/1984 artículo 1.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Redacción vigente

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Anterior Texto original Decreto Ley N.º 15.524 · 30/01/1984

La Justicia Administrativa será ejercicio por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo y los Juzgados Letrados de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo en la forma que esta ley establece.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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