Artículo 115
Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos · Decreto-Ley N.º 14.219 de 1974
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Los arrendamientos establecidos en los apartados C), D, E), F), y G) del artículo 28 de la presente ley, se ajustarán en sus precios conforme al inciso final del artículo anterior y de acuerdo a los principios de los Capítulos I y II.