Artículo 6
Reglamentación de la actividad sindical (Ley 17.940) · Decreto N.º 66/006
Texto vigente al 13 de septiembre de 2026
Los Consejos Superior Tripartito y Tripartito Rural establecidos por los Decretos Nº 105/005 de 7/III/2005 y Nº 139/005 de 19/IV/2005, y la Mesa de negociación bipartita establecida por Decreto Nº 104/005 de 7/III/2005, actuarán en calidad de órganos de consulta, contralor y seguimiento de la aplicación de la ley 17.940 de 2 de enero de 2006.