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Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 152

Procedimiento administrativo y disciplinario de la Administración Central · Decreto N.º 500/991

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

CAPÍTULO II - DE LAS DISPOSICIONES QUE REGULAN ESPECIALMENTE EL TRAMITE DE LOS RECURSOS

Epígrafe según el texto original de la fuente.

Podrán interponer recursos administrativos, los peticionarios y las personas que se consideren directamente lesionadas en sus derechos o intereses por el acto administrativo impugnado.

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