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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 20

Normas de conducta en la función pública · Decreto N.º 30/003

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

(Eficiencia en la contratación). Los funcionarios públicos tienen la obligación de respetar estrictamente los procedimientos de contratación aplicables en cada caso y de ajustar su actuación en la materia a los siguientes principios generales:

A) Flexibilidad.

B) Delegación.

C) Ausencia de ritualismo.

D) Materialidad frente al formalismo.

E) Veracidad salvo prueba en contrario.

F) Igualdad de los oferentes, concurrencia en todos los

procedimientos competitivos para el llamado y la selección de ofertas

y amplia publicidad de las adquisiciones de bienes y contrataciones de

servicios (arts. 5º de la ley 17.060 y 11 literal H) del Decreto

354/999).

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