Saltar al contenido
Texto Vigente al 27 · 10 · 2026

Artículo 91

Reglamento del IRAE · Decreto N.º 150/007

Texto vigente al 27 de octubre de 2026

Mejoras.- El concepto de las mejoras se integrará también, con los pavimentos, veredas y cercos.

Cuando el valor de las mejoras no esté individualizado, se considerará que el mismo guarda con respecto al precio de la tierra la misma relación que ambos elementos tienen con el valor real, a la fecha de su ingreso al patrimonio, o de cambio de destino. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 183 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

← Artículo 90 Ver en la norma completa Artículo 92 →