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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 148

Reglamento del IRAE · Decreto N.º 150/007

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

D. 292/004 de 11.8.2004.- Inversión en acciones.- Declárase promovida al amparo de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, la actividad de inversión en acciones, cuotas sociales y demás cuotas partes representativas del patrimonio de los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas.

Exonérase del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas a las rentas que las entidades inversoras obtengan como resultado de la enajenación de las referidas acciones, cuotas sociales o cuotas partes de patrimonio que hubieran adquirido a partir de la vigencia del Decreto referido en el acápite, siempre que se cumplan condiciones en él requeridas. (*)

La exoneración referida comprende las rentas obtenidas por la entidad inversora actuando por sí, o a través de patrimonios de afectación tales como fondos de inversión o fideicomisos, los que estarán exonerados en iguales condiciones que aquella. En este caso, se requerirá la nominatividad en las participaciones patrimoniales en los citados patrimonios de afectación.

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 183 (vigencia).

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