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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 146

Reglamento del IRAE · Decreto N.º 150/007

Texto vigente al 11 de septiembre de 2026

D. 398/003 de 1º.10.2003.- Megaconcesión.- El subsidio que otorga el Estado a la empresa Corporación Vial del Uruguay S.A., en ejecución del contrato de concesión de la obra pública denominada "Megaconcesión", no se computará a ningún efecto en la liquidación del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas. (*)

Notas

  • Ver en esta norma, artículo: 183 (vigencia).

Ver en IMPO ↗

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