Artículo 307
Constitución de la República · Texto de 1967 con las reformas plebiscitadas
Texto vigente al 9 de septiembre de 2026
Habrá un Tribunal de lo Contencioso Administrativo, el que estará compuesto de cinco miembros.
En los casos de vacancias y mientras éstas no sean provistas, y en los de recusación, excusación o impedimento para el cumplimiento de su función jurisdiccional, se integrará de oficio en la forma que establezca la ley.
Notas
- Ver: Disposiciones Transitorias y Especiales de la Constitución de la.
- República letra I).