Artículo 196
Constitución de la República · Texto de 1967 con las reformas plebiscitadas
Texto vigente al 27 de octubre de 2026
Habrá un Banco Central de la República, que estará organizado como ente Autónomo y tendrá los cometidos y atribuciones que determine la ley aprobada con el voto de la mayoría absoluta del total de componentes de cada Cámara.