Artículo 57
Código Rural · Aprobado por Ley N.º 10.024 de 1941
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Cuando llegue el caso de imponer una servidumbre a determinado predio se le hará saber al propietario del mismo por medio de notificación.
Código Rural · Aprobado por Ley N.º 10.024 de 1941
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
Cuando llegue el caso de imponer una servidumbre a determinado predio se le hará saber al propietario del mismo por medio de notificación.