Artículo 216
Código Rural · Aprobado por Ley N.º 10.024 de 1941
Texto vigente al 11 de septiembre de 2026
No tiene lugar el saneamiento de los defectos o vicios ocultos en las ventas forzadas de los animales hechas por las autoridades judiciales o administrativas sin concurrencia o intervención del dueño de los animales.