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Texto Vigente Legislación uruguaya vigente

Artículo 75 · Efectos de la ausencia del defensor

Código del Proceso Penal (2017) · Aprobado por Ley N.º 19.293 de 2014

Texto vigente al 9 de septiembre de 2026

LIBRO I DISPOSICIONES GENERALES › TÍTULO II - DE LOS SUJETOS PROCESALES › CAPÍTULO III - EL IMPUTADO › SECCIÓN II - DE LA DEFENSA

(Efectos de la ausencia del defensor).- La ausencia del defensor en cualquier actuación en que la ley exija expresamente su participación, acarreará su nulidad, salvo cuando constare fehacientemente que su ausencia fue voluntaria y deliberada, para provocar la nulidad. (*)

Notas

  • Redacción dada por: Ley Nº 19.831 de 18/09/2019 artículo 14.
  • Ver en esta norma, artículo: 403 (vigencia).
  • TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 19.293 de 19/12/2014 artículo 75.

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Versiones de este artículo

Vigente Redacción vigente Ley N.º 19.831 · 18/09/2019

(Efectos de la ausencia del defensor).- La ausencia del defensor en cualquier actuación en que la ley exija expresamente su participación, acarreará su nulidad, salvo cuando constare fehacientemente que su ausencia fue voluntaria y deliberada, para provocar la nulidad. (*)

Anterior Texto original Ley N.º 19.293 · 09/01/2015

(Efectos de la ausencia del defensor). La ausencia del defensor en cualquier actuación en que la ley exija expresamente su participación, acarreará su nulidad.

Las diferencias entre versiones se resaltan en ámbar.

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